El Reglamento General 2006 para la Categoría GPA prohibe cualquier tipo de instrumento de medición adicional al original que no sean los expresamente autorizados por el mismo.
Esto incluye cualquier modificación y/o agregado al sistema previsto por el fabricante del vehículo para cumplir la función de medición de velocidad y de distancia recorrida.
No está permitido el agregado, modificación ó reemplazo de ninguna de las partes integrantes de dicho sistema original.
Esta Sub Comisión de Automovilismo Histórico incluirá en las recomendaciones a los clubes organizadores citadas en la comunicación 04-06 el especial control de este particular.
Sub Comisión de Automovilismo Histórico